Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0063/2013
Fecha: 11-Ene-2013
II.6.
II.6. Por Auto de Vista de 29 de febrero de 2008, la Sala Civil Segunda de la Corte Superior de Distrito de Cochabamba, confirmó el Auto de 18 de julio de 2006 apelado, que declaró improbada la tercería de dominio excluyente interpuesta por Celestino Escalera Ochali y Emilio Delgado Delgado (fs. 116 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la demanda
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- denegando
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- III.3. La reivindicación
- III.4. Sobre la calidad de la cosa juzgada
- III.5. Sobre las comunicaciones judiciales en materia civil
- Fragmento 20
- Fragmento 21
- Fragmento 22
- III.6. Análisis del caso concreto
- 1º REVOCAR en parte