SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1234/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1234/2013-L

Fecha: 10-Oct-2013

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 7 de julio de 2000, adquirieron la propiedad agropecuaria “Nuevo Horizonte E” de su anterior propietario Dimas de Moura Leite Lemos, habiendo tomado posesión en la misma fecha y prosiguiendo con la realización de actividades productivas de agricultura y ganadería de manera sostenible, debido a que la hacienda está en permanente producción desde hace más de quince años atrás y cuenta con infraestructura específica; es decir, viviendas, galpones y talleres con maquinaria variada, además del alambrado en el perímetro exterior del predio, corrales y potreros donde pasta el ganado.

Después de la compra del citado predio, a petición de parte, continuaron el proceso administrativo de saneamiento ante el Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA), que reconoció el cumplimiento de la función económica social sobre la totalidad de la superficie mensurada que alcanza a 3227,5018 ha; añaden, que el mencionado proceso de saneamiento se encuentra en la etapa final; es decir, en fase de titulación, habiéndose emitido, por parte del INRA, tres Resoluciones: la primera, RFSCS-SC 0221/2001 de 6 de noviembre, que dispuso la consolidación de la parcela signada con el código catastral 07-11-04-02-031002 a su favor, calificándola como empresa de propiedad ganadera, ubicada en la sección municipal cuarta de San Julián, provincia Ñuflo de Chávez del departamento de Santa Cruz; la segunda, Resolución Suprema 03001 de 12 de mayo de 2010, emitida por Evo Morales Ayma, Presidente del Estado Plurinacional; y, Nemesia Achacollo, Ministra de Desarrollo Rural y Agropecuario, que rectificó y complementó aspectos de forma de la Resolución antes citada, sin afectar el fondo; y, la tercera, Resolución Suprema 05207 de 4 de marzo de 2011, que en su parte dispositiva complementó la omisión identificada en la Resolución Suprema 03001, ordenando se emita el certificado de saneamiento y de titulación a su favor en copropiedad.

Sin embargo, el 5 de julio de 2011, un grupo de cuarenta personas desconocidas, armadas con machetes, palos y otros objetos contundentes encabezados por los ahora demandados, en forma sorpresiva y violenta ingresaron por la fuerza a su propiedad, destruyendo el sembradío de soya en parte del predio, causando daño y vulneración de sus derechos fundamentales en claro afán de apropiarse de manera arbitraria e ilegal de sus tierras agropecuarias en actual producción que cumplen la función económico social.

El grupo de avasalladores arrancaron de raíz las plantas en crecimiento en una superficie aproximada a las cinco hectáreas, que fueron destruidos en su totalidad para construir una cancha de futbol y construir viviendas precarias de hojas de motacú, permaneciendo ahí hasta la presentación de la demanda tutelar; asimismo, denuncian que los abusadores lanzaron graves intimidaciones contra suya y los propios trabajadores del predio, amenazándolos con atentar su integridad física en caso de oponer resistencia; y que vienen impidiendo movilizar a las cerca de dos mil ochocientas cabezas de ganado de un corral a otro para que los animales consuman el pasto base de su alimentación.

Agregan, que en principio el área ocupada sólo era la orilla del lado este, colindante a las parcelas de la comunidad “El porvenir”; empero, con la fuerza que poseen y la intimidación ejercida sobre los trabajadores, lograron avanzar hasta el espacio de los corrales y potreros que se encuentran con ganado, amenazando con ingresar hasta las instalaciones de la infraestructura principal que cuenta con oficinas, galpones, viviendas y una cantidad importante de insumos agrícolas y maquinarias.

Finalmente, indican que por el periodo de siembra de verano, no podrán cultivar, con el peligro de perder la semilla acopiada; y, que el ganado bovino empezará a morir por falta de alimentación, encontrándose obligados a prescindir de la mano de obra de sus trabajadores, además de no poder cumplir con el pago a las entidades financiera que proveen los recursos económicos para el funcionamiento de la cadena productiva, provocando un daño a la seguridad alimentaria del país.