SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1657/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1657/2013

Fecha: 04-Oct-2013

II.3.

II.3.  Por memorial de 18 de diciembre de 2012, Felipe Saavedra Quispe, solicitó cesación a la detención preventiva, habiendo el Juez Primero de Instrucción en lo Penal, mediante Auto de 10 de enero de 2013, aceptado la pretensión del imputado, aplicando medidas sustitutivas en su favor y estableciendo las exigencias necesarias para su cumplimiento, entre ellas su detención domiciliaria con vigilancia policial sorpresiva; el arraigo del justiciable en de Sucre; prohibición de consumo de bebidas alcohólicas o estupefacientes; prohibición de concurrir a lugares de expendio de bebidas alcohólicas; prohibición de comunicarse con la víctima; obligación de presentar fianza personal de cuatro personas que tengan inmuebles registrados a su nombre y que no sean esposos entre sí; determinación que fuera apelada por la representación legal de la víctima y que siendo radicada ante la Sala Penal Segunda, fuera resuelta mediante Auto 34/2013 de 1 de febrero, que declarando procedentes los argumentos de la apelación, revocó la resolución impugnada y dispuso el rechazo a la solicitud de cesación a la detención preventiva del imputado (fs. 13 a 24 vta.).