SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1669/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1669/2013

Fecha: 04-Oct-2013

denegó

La Sala Civil y Comercial Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 38/2013 de 1 de agosto, cursante de fs. 279 a 282 vta., denegó la tutela solicitada; en base a los siguientes fundamentos: a) De la prueba aportada no se evidenció la vulneración de derechos de la Compañía accionante, toda vez que se dio a la parte accionante todos los medios que le franquea la ley a objeto de hacer valer sus pretensiones; b) La parte accionante utilizó los medios de defensa que le franquea la ley a objeto de hacer valer sus pretensiones, debiendo tenerse presente que no basta que los derechos estén reconocidos como tales, sino que el accionante debe ejercitarlos en la manera y forma que la norma lo regula, esto es que si la ley le franquea hacer uso de un recurso, éste tendrá que ejercitarlo en los plazos y la forma prevista por ley; y, c) A la parte accionante se le dio los medios de defensa para hacer valer sus derechos, pero éste no los ejercitó en la medida que están regulados por ley. Por lo que la aseveración de haberse vulnerado éstos derechos no es evidente.