Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1678/2013
Fecha: 04-Oct-2013
Fragmento 17
El art. 255 del CPC, enumera las resoluciones contra las cuales procede el recurso de casación, como ser contra autos de vista que resolvieren en apelación sentencias definitivas en los procesos ordinarios, ejecutivos, sumarios, concursales y de árbitros de derecho; los que resolvieran declinatoria de jurisdicción o resolvieran una cuestión de competencia, los referentes a los autos interlocutorios que pusieren término al litigio, los que resuelvan escuchar o no a un litigante condenado en rebeldía, las sentencias definitivas pronunciadas en primera instancia por las Cortes departamentales.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- nulidad de obrados
- revocar
- I.3.1. Ratificación y ampliación de la acción de amparo constitucional
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Obligación los tribunales de alzada y casación de revisar de oficio el desarrollo del proceso sin vicios de nulidad
- Fragmento 17
- III.2. Presupuestos de activación del recurso de casación
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo