SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1678/2013
Fecha: 04-Oct-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El representante considera que dentro del proceso contencioso tributario interpuesto por la entidad accionante contra el Director de la Administración Tributaria del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, fueron vulnerados los derechos al debido proceso, al acceso a la justicia o tutela judicial efectiva y a la igualdad; toda vez que no obstante que en la Resolución 07/2007 de 4 de abril, dictada por el Juez de primera instancia se declaró probada la demanda y extinguida por prescripción la obligación tributaria de las gestiones 1997 y 1998; y, a pesar que mediante Auto de Vista 289/2007 de 22 de diciembre, se anularon obrados hasta la concesión del recurso de alzada, las autoridades demandadas, al resolver el recurso de casación planteado por el Gobierno Municipal de La Paz, dispusieron la anulación de obrados hasta “fs. 1”, fallando en forma ultra petita; además, sin considerar que al no haber sido el recurso de apelación resuelto en el fondo, no concurren los presupuestos para activar el recurso de casación, incumpliendo los preceptos legales, ya que al haberse declarado expresamente extemporánea la apelación planteada por la entidad demandada y ejecutoriada la sentencia, no procedía el recurso de casación.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- nulidad de obrados
- revocar
- I.3.1. Ratificación y ampliación de la acción de amparo constitucional
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Obligación los tribunales de alzada y casación de revisar de oficio el desarrollo del proceso sin vicios de nulidad
- Fragmento 17
- III.2. Presupuestos de activación del recurso de casación
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo