SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1678/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1678/2013

Fecha: 04-Oct-2013

II.5.

II.5.  A través del Auto Supremo 286 de 14 de septiembre de 2011, la Sala Social y Administrativa Primera de la entonces Corte Suprema de Justicia, dispuso anular obrados hasta fojas 1, argumentando que el Tribunal ad quem no observó el art. 3 inc. 1) y 237 del CPC, además de no haberse percatado que la demanda no cumplió con requisitos como la presentación de la copia legalizada de la resolución o acto impugnado que constituyen normas de orden público y cumplimiento obligatorio; además que tampoco se observó que la demanda fue planteada vencido el término perentorio de quince días, puesto que se la planteó después de dos años, dos meses y catorce días (fs. 201 a 203 vta.).