Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1678/2013
Fecha: 04-Oct-2013
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
La entidad accionante a través de su representante, alega la lesión de sus derechos al debido proceso, al acceso a la justicia o tutela judicial efectiva y a la igualdad, así como de los principios de legalidad, de preclusión y de congruencia, citando al efecto los arts. 14.I, 115.I y II, 117.I 119.I y 180 de la Constitución Política del Estado (CPE); 8, 24 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH); y 14.I y 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- nulidad de obrados
- revocar
- I.3.1. Ratificación y ampliación de la acción de amparo constitucional
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Obligación los tribunales de alzada y casación de revisar de oficio el desarrollo del proceso sin vicios de nulidad
- Fragmento 17
- III.2. Presupuestos de activación del recurso de casación
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo