Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1678/2013
Fecha: 04-Oct-2013
II.4.
II.4. Por memorial presentado el 31 de enero de 2008, el Gobierno Municipal de La Paz, interpuso recurso de casación en la forma y en el fondo contra el Auto de Vista 289/2007, solicitando además la nulidad de obrados hasta el vicio más antiguo consistente en el Auto de admisión de la demanda, por cuanto la misma fue presentada de forma extemporánea por lo que debió haberse rechazado (fs. 159 a 161 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- nulidad de obrados
- revocar
- I.3.1. Ratificación y ampliación de la acción de amparo constitucional
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Obligación los tribunales de alzada y casación de revisar de oficio el desarrollo del proceso sin vicios de nulidad
- Fragmento 17
- III.2. Presupuestos de activación del recurso de casación
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo