SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1766/2013
Fecha: 21-Oct-2013
el sometimiento de los gobernantes y gobernados a la Constitución Política del Estado, la vigencia de derecho y el respeto a la norma
La SC 0982/2010-R de 17 de agosto, emitida por el anterior Tribunal Constitucional, respecto al principio de legalidad, señaló: “El principio de legalidad en su clásica concepción implica el sometimiento de gobernantes y gobernados a la ley; significa, entonces, el reconocimiento al legislador como único titular de la facultad normativa, a la cual debe estar sometida la administración. Sin embargo, actualmente dicha definición resulta insuficiente en el marco del estado constitucional de derecho y el sistema constitucional boliviano vigente; por ello debe entenderse que dicho principio supone, fundamentalmente, el sometimiento de los gobernantes y gobernados a la Constitución Política del Estado, la vigencia de derecho y el respeto a la norma” (las negrillas son nuestras).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- el objeto
- III.1. La acción de amparo constitucional. Su configuración
- III.2. De los medios de impugnación en ejecución de sentencia en procesos civiles
- Fragmento 21
- III.3.1. Derecho a la tutela judicial efectiva
- el sometimiento de los gobernantes y gobernados a la Constitución Política del Estado, la vigencia de derecho y el respeto a la norma
- III.4. Análisis del caso concreto
- razón por la cual corresponde analizar los agravios vertidos en el mismo
- REVOCAR