SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1766/2013
Fecha: 21-Oct-2013
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Refiere que, en ejecución de sentencia, Corina Susy Condori Orellana, invocando el art. 215 del Código de Procedimiento Civil (CPC), interpuso reposición contra la Resolución 239/2011 de 30 de agosto que declaró probado el incidente presentado por el ahora accionante y, en el otrosí de su memorial, formuló apelación sin efectuar argumentación alguna, incumpliendo así el art. 518 del mismo cuerpo normativo; circunstancias bajo las cuales, en atención a que en ejecución de sentencia sólo es viable la interposición del recurso de apelación en forma directa, la Jueza Quinta de Partido en lo Civil, rechazó la reposición por ser improcedente y concedió la apelación, través de la Resolución de “fs. 500vta”.
Es así que, ante este recurso de reposición con alternativa de apelación formulado en ejecución de sentencia, los Vocales ahora demandados en la presente acción, dictaron el Auto de Vista 310/2012 de 28 de agosto y su complementario de 22 de octubre -pronunciándose sobre dos incidentes y retrotrayendo el procedimiento-, confirmando el Auto de 1 de junio de 2011 “(que no tiene relevancia por tratarse de puntos a probarse en el incidente)” y revocando la Resolución 239/2011, convalidando con ello el recurso de reposición como apelación y aceptando a Corina Susy Condori Orellana dentro de la causa civil, vulnerando así el principio del debido proceso e inobservando la SC 1806/2011-R de 7 de noviembre vinculante al caso, por cuanto no corresponde conocer ni considerar recurso de reposición en ejecución de sentencia y, ni las partes, tampoco los jueces pueden crear su propio procedimiento o mecanismos de impugnación, por lo que el recurso de reposición interpuesto por Corina Susy Condori Orellana, debió desestimarse en primera instancia, o bien, declararse improcedente por los Vocales demandados, confirmando la Resolución 239/2011 y no revocándola.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- el objeto
- III.1. La acción de amparo constitucional. Su configuración
- III.2. De los medios de impugnación en ejecución de sentencia en procesos civiles
- Fragmento 21
- III.3.1. Derecho a la tutela judicial efectiva
- el sometimiento de los gobernantes y gobernados a la Constitución Política del Estado, la vigencia de derecho y el respeto a la norma
- III.4. Análisis del caso concreto
- razón por la cual corresponde analizar los agravios vertidos en el mismo
- REVOCAR