SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1801/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1801/2013

Fecha: 21-Oct-2013

II.1.

II.1.    El 5 de diciembre de 2012, Luis Rowers Pedriel Calleja, Jefe Departamental a.i. de Trabajo, Empleo y Previsión Social de Beni, emitió la “Conminatoria Pago de Beneficios Sociales N° 14”, conminando al Director Regional a.i. de AASANA Beni -ahora accionante- a cancelar los derechos laborales y beneficios adquiridos por la suma total de Bs110 645,34.-(ciento diez mil seiscientos cuarenta y cinco 34/100 bolivianos), indemnización por despido indirecto e intempestivo, desahucio y multa del 30% a favor del trabajador Luis Orlando Cuba León, monto que debería ser cancelado hasta el 19 de diciembre de 2012; además, estableció que el monto del aguinaldo correspondiente a la gestión 2012, que equivalía a Bs4223,79.- (cuatro mil doscientos veintitrés 79/100 bolivianos) debía ser cancelado oportunamente y que se efectúe el pago del bono de antigüedad de forma mensual conforme a normas vigentes; con la que fue notificado el Director demandado, la misma fecha a horas 15:50 (fs. 1 a 4).