SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2085/2013
Fecha: 18-Nov-2013
II.3.
II.3. El 1 de abril de 2013, Juan Churo Romero solicitó la suspensión de audiencia, alegando su delicado estado de salud; además, se ordene una nueva valoración médico forense porque su vida estaría en riesgo, y que la prosecución de la audiencia se realice en Cochabamba (fs. 5 y vta.); presentando como prueba una copia simple del certificado médico forense expedido el 16 de mayo de 2012; asimismo, a requerimiento Fiscal, el médico forense certificó que Juan Churo Romero, de ochenta y nueve años, se encontraría postrado en cama, presentando síndrome diarreico agudo con deshidratación, artritis senil con impotencia de miembros inferiores, cifoscoliosis de columna; recomendándose, por la edad avanzada y el mal estado de salud, controles, reposo y evitar desplazamientos que puedan poner en riesgo la salud y la vida del paciente (fs. 36). Por Auto de 1 de abril de 2013, el Juez ahora demandado, determinó que “Al no haberse justificado su petitorio con documentación fehaciente y fecha actual, SE RECHAZA tal petitorio, manteniéndose subsistente la audiencia señalada para el día jueves 4 del mes y año en curso, a horas 10:00” (sic) (fs. 5 vta. a 6).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica, alcances y ámbito de protección de la acción de libertad: Su triple carácter tutelar
- III.2. La tutela del derecho a la vida a través de la acción de libertad instructiva
- Toda persona que considere que su vida está en peligro
- En razón del carácter fundamental del derecho a la vida, no son admisibles enfoques restrictivos del mismo
- equilibrio
- instructivo
- III.3. La imposibilidad de desarrollar el juicio oral en rebeldía o ausencia de los acusados, en delitos de acción privada
- Cuando sea declarada durante el juicio, ésta se suspenderá con respecto al rebelde
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 25
- rechazó la justificación presentada por la acusada, dato que nos permite afirmar que se mantuvo la declaratoria de rebeldía contra la accionante Cinda Romero y que, en consecuencia, también se mantuvo la orden de emitir mandamiento de aprehensión
- se digne expedir nuevos mandamientos de aprehensión a fin de que los imputados estén presentes en la próxima audiencia y se pueda culminar con la sentencia
- recomienda controles, reposo y evitar desplazamientos que puedan poner en riesgo la salud y la vida del paciente