SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2085/2013
Fecha: 18-Nov-2013
II.6.
II.6. El 16 de abril de 2013, prosiguió la audiencia de juicio oral, estando presentes la parte acusadora y el defensor de oficio designado para los acusados, no encontrándose los acusados Cinda Romero y Juan Churo Romero “… pese a la espera de treinta minutos…” (sic) (fs. 16 a 18); disponiendo el Juez de la causa, que en rebeldía se prosiga con la audiencia. En la audiencia en la que la parte acusadora formuló sus conclusiones y respecto a los acusados, el citado Juez, señaló que ante la inconcurrencia de los acusados “…entiende que han renunciado a ese derecho…”. La parte acusadora, solicitó al referido Juez, la suspensión de la audiencia y que con carácter previo “se digne ratificar la rebeldía de los imputados y se digne expedir nuevos mandamientos de aprehensión a fin de que los imputados estén presentes en la próxima audiencia y se pueda culminar con la sentencia …” (fs. 16 vta.), respondiendo el Juez de la causa no haber lugar a lo solicitado “…puesto que el Juzgador (h)a sido muy amplio con la parte acusada para su irrestricta defensa pero sin embargo (h)a estado perjudicando el desarrollo norma con una serie de incidentes …” (sic), concediéndose la palabra al Defensor de Oficio, para que efectúe alguna conclusión en representación de los acusados; abogado que señaló que se comunicó mediante teléfono con la acusada Cinda Romero, quien sostuvo que no fue notificada para la audiencia; añadiendo posteriormente que “…nada puede alegar en esta audiencia…”. Posteriormente, el Juzgador dictó la correspondiente Resolución, señalándose nueva audiencia para la lectura íntegra del fallo, a llevarse a cabo el 19 de abril de 2013 (fs. 16 a 17).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica, alcances y ámbito de protección de la acción de libertad: Su triple carácter tutelar
- III.2. La tutela del derecho a la vida a través de la acción de libertad instructiva
- Toda persona que considere que su vida está en peligro
- En razón del carácter fundamental del derecho a la vida, no son admisibles enfoques restrictivos del mismo
- equilibrio
- instructivo
- III.3. La imposibilidad de desarrollar el juicio oral en rebeldía o ausencia de los acusados, en delitos de acción privada
- Cuando sea declarada durante el juicio, ésta se suspenderá con respecto al rebelde
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 25
- rechazó la justificación presentada por la acusada, dato que nos permite afirmar que se mantuvo la declaratoria de rebeldía contra la accionante Cinda Romero y que, en consecuencia, también se mantuvo la orden de emitir mandamiento de aprehensión
- se digne expedir nuevos mandamientos de aprehensión a fin de que los imputados estén presentes en la próxima audiencia y se pueda culminar con la sentencia
- recomienda controles, reposo y evitar desplazamientos que puedan poner en riesgo la salud y la vida del paciente