Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2163/2013
Fecha: 21-Nov-2013
II.3.
II.3. El 10 de abril de 2010, el INRA de Potosí publicó a través del periódico El Potosí la Resolución Administrativa de inicio de Procedimiento. Por medio del informe emitido por Lucio Fuentes Hinojosa, Magistrado de la Sala Penal Segunda, también fue publicada en la radio Aclo, haciendo referencia a una certificación donde consta la difusión del edicto agrario los días 9, 11 y 12 de abril de 2010 (fs. 203).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- Fragmento 4
- a)
- Fragmento 6
- Fragmento 7
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulneradas
- 1)
- i)
- denegar
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- Fragmento 20
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- III.3.
- III.4. La
- III.5. Marco Jurídico de los procesos de saneamiento
- Fragmento 25
- III.6. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo