AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2013-CDP
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2013-CDP

Fecha: 20-Dic-2013

si el tribunal de amparo

En cuanto a la naturaleza jurfdica del recurso -ahora accion de amparo constitucional- el AC 0009j200S-CDP de 10 de febrero, establecio que: 'ha sido instituido por el Constituyente como un recurso protector en la via preventiva y reparadora de derechos y garantias fundamentales, 10 que implica que si el tribunal de amparo 0 este Tribunal en revision concluyen que existio una lesion a los derechos y garantias citados, su objetivo inmediato es ordenar cese la amenaza, la restriccion 0 supresion y; accesoriamente se podra determinar la responsabilidad civil porque asi 10 instituyo ellegislador en la Ley del Tribunal Constitucional, esto porque en un criterio juridico y razonable la lesion denunciada y demostrada siempre ocasionara