SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2225/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2225/2013

Fecha: 16-Dic-2013

Fragmento 20

De la documentación que informa los antecedentes del expediente se establece que dentro del proceso penal seguido contra los accionantes por la presunta comisión de los delitos de transporte de sustancias controladas, asociación delictuosa y confabulación en audiencia de consideración de aplicación de medidas cautelares la Jueza Octava de Instrucción en lo Penal, los declaró rebeldes y ordenó la emisión de mandamientos de aprehensión en su contra. El 25 de junio de 2013, Jaime Rodrigo Buhezo Gómez en su representación y sin mandato planteó acción de libertad contra la citada autoridad cuestionando la emisión de los mandamientos de aprehensión, que el Juez Segundo de Sentencia Penal del departamento de Santa Cruz, actuando como Juez de garantías, denegó la tutela y en revisión la SCP 1957/2013 de 4 de noviembre, aprobó dicha determinación, con el fundamento que previo a interponer la acción de libertad debieron haber acudido ante la Jueza Octavo de Instrucción en lo Penal.