Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2264/2013
Fecha: 16-Dic-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante, denuncia la lesión a sus derechos al debido proceso, a la defensa, a la dignidad y al trabajo, aduciendo que los Magistrados del Tribunal Agroambiental a través, de memorándum le agradecieron sus servicios sin mencionar la causa de su despido, motivo que se enteró recién en la Resolución Administrativa que resolvió su recurso de revocatoria denegando su restitución, cual a decir de dicha resolución fue “…la supuesta sustracción de documentación y haber omitido el denunciar la supuesta irregularidad del sobreprecio en la adquisición de fotocopiadoras” (sic).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención de la tercera interesada
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.6.2.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada, uniforme y consolidada: El derecho al debido proceso previo de servidoras y servidores públicos independientemente de la clase que ostenten cuando son acusados por la supuesta comisión de faltas en el ejercicio de sus funciones
- III.2. En atención a la verdad material el informe de la autoridad demandada que acredita los hechos denunciados puede ser idóneo para la concesión de una tutela de amparo
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR
- 1º CONCEDER