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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0177/2013
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0177/2013

    Fecha: 22-Feb-2013

    Fragmento 3

    Los accionantes expresan que se han lesionado sus derechos al debido proceso, a una resolución congruente y motivada y a la tutela judicial, citando al efecto los arts. 108.1, 109, 115.I, 119 y 410 de la Constitución Política del Estado (CPE), y 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • Fragmento 3
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
    • a)
    • I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
    • 1)
    • concedió
    • II.1.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • Si la violación hubiese sido cometida fuera del lugar de residencia de la afectada o afectado, ésta o éste podrá presentar la acción, si lo estima pertinente, ante el juzgado o tribunal competente por razón del domicilio
    • III.3.  La fundamentación y motivación de las resoluciones
    • III.4.  El principio de congruencia y la motivación de las resoluciones
    • III.5.  Sobre el derecho a la tutela judicial efectiva
    • III.6.
    • III.7.  Análisis del caso concreto
    • Fragmento 21
    • CONFIRMAR

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