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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0208/2013
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0208/2013

    Fecha: 28-Feb-2013

    (CONTINUIDAD DEL PROCESO Y PRECLUSIÓN).

    “Artículo 16. (CONTINUIDAD DEL PROCESO Y PRECLUSIÓN). I. Las y los magistrados, vocales y jueces, deberán proseguir con el desarrollo del proceso, sin retrotraer a las etapas concluidas, excepto cuando existiera irregularidad procesal reclamada oportunamente y que viole su derecho a la defensa conforme a ley.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • i)
    • concedió en parte
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • III.2. La admisibilidad del recurso de apelación incidental contra autos que resuelven incidentes
    • III.3.  Análisis en el caso concreto
    • (CONTINUIDAD DEL PROCESO Y PRECLUSIÓN).
    • (NULIDAD DE ACTOS DETERMINADA POR TRIBUNALES).
    • CONFIRMAR

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