Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0208/2013
Fecha: 28-Feb-2013
II.1.
II.1. Oswaldo Zegarra Fernández en calidad de apoderado de Juan Ramón Quintana Taborga, dentro del proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión de los delitos de acción privada, mediante memorial presentado el 28 de febrero 2012, reiteró ante el Juez Primero de Sentencia Penal, el incidente de actividad procesal defectuosa por defectos absolutos, denunciando falta de notificación legal, respecto de las diligencias cursantes a fs. 74, 83 y 89 (cuaderno principal) y alegando indefensión, solicitó la anulación de obrados hasta el vicio más antiguo (fs. 1 a 2 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. La admisibilidad del recurso de apelación incidental contra autos que resuelven incidentes
- III.3. Análisis en el caso concreto
- (CONTINUIDAD DEL PROCESO Y PRECLUSIÓN).
- (NULIDAD DE ACTOS DETERMINADA POR TRIBUNALES).
- CONFIRMAR