SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0208/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0208/2013

Fecha: 28-Feb-2013

II.2.

II.2. Por Auto interlocutorio 010/2012 de 23 de marzo, de incidente de actividad procesal defectuosa, pronunciada por la Jueza Segunda de Sentencia Penal, Nancy Flores Guzmán, en suplencia legal de su similar Primero, de conformidad con los arts. 16 de la LOJ y 169.3 y 168 del CPP, determinó reponer obrados hasta fs. 69 (del cuaderno principal) y ordenó la notificación en el domicilio real del imputado conforme establece la norma procesal, prevista en el art. 163 del CPP (fs. 3 a 5).