Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0208/2013
Fecha: 28-Feb-2013
III.3. Análisis en el caso concreto
En el caso que se examina y de la revisión de los datos que informan los antecedentes venidos en revisión, corresponde manifestar que el representado del accionante, promovió el incidente de actividad procesal defectuosa por vicios absolutos, dentro del proceso penal de acción privada, instaurada a querella y acusación particular en su contra, en la que la Jueza demandada, Lucía Fuentes Nina, Jueza Quinta de Sentencia Penal, de oficio emitió la señalada Resolución sin número de 17 de abril de 2012, disponiendo con los argumentos allí esgrimidos, la devolución de obrados a su similar Primero.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. La admisibilidad del recurso de apelación incidental contra autos que resuelven incidentes
- III.3. Análisis en el caso concreto
- (CONTINUIDAD DEL PROCESO Y PRECLUSIÓN).
- (NULIDAD DE ACTOS DETERMINADA POR TRIBUNALES).
- CONFIRMAR