SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0034/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0034/2013-L

Fecha: 06-Mar-2013

III.6. La justicia material y su prevalencia en relación a la justicia formal para casos de manifiestas vulneraciones a derechos fundamentales

        Por lo señalado, se establece que las bases y postulados del Estado Constitucional de Derecho, constituyen el elemento legitimizador y directriz del ejercicio del control de constitucionalidad, por esta razón, el último y máximo contralor de constitucionalidad como es el Tribunal Constitucional Plurinacional, no puede consentir actos que impliquen una manifiesta y grosera violación a derechos fundamentales, por ser estos contrarios al pilar estructural del Estado Plurinacional de Bolivia….

        En el marco de lo señalado máxime y como consecuencia de los postulados propios del Estado Constitucional de Derecho, el principio pro-actione se configura como una pauta esencial no sólo para la interpretación de derechos fundamentales, sino también como una directriz esencial para el ejercicio del control de constitucionalidad y la consolidación del mandato inserto en la cláusula estructural del Estado plasmada en el art. 1 de la CPE…; además, esta pauta, asegura el cumplimiento eficaz de los valores justicia e igualdad material, postulados axiomáticos directrices del nuevo modelo de Estado y reconocidos de manera expresa en el Preámbulo de la Constitución y en el art. 8.1 también del texto constitucional.