SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0051/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0051/2013-L

Fecha: 08-Mar-2013

por parte de servidores públicos,

Con relación a la legitimación pasiva, el art. 134 de la CPE, refiere que procede la acción de cumplimiento en caso de inobservancia de disposiciones constitucionales o de la ley por parte de servidores públicos, delimitando un contingente importante de personas contra las que procede esta acción de defensa -quienes desempeñan funciones públicas-, sobre dicha facultad la precitada Sentencia Constitucional refiere: “Conforme a lo expuesto, la acción de cumplimiento puede ser presentada contra cualquier servidor público; término que abarca a los servidores públicos de carrera, a los designados, electos, de libre nombramiento o, finalmente, provisorios, tanto del órgano ejecutivo como del legislativo, judicial o electoral, así como a los funcionarios de los órganos de control y defensa de la sociedad y del Estado (Contraloría General del Estado, Defensoría del Pueblo, Ministerio Público, Procuraduría General del Estado, Fuerzas Armadas, Policía Boliviana y funcionarios de las entidades territoriales descentralizadas y autónomas)”.