Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0078/2013-L
Fecha: 12-Mar-2013
II.4.
II.4. Isaac Mercado Muñoz, mediante memorial presentado, el 26 de mayo de 2008, aclaró al Juez Séptimo de Partido en lo Civil y Comercial, que el fallo pronunciada en el referido proceso, responde plenamente a la demanda que formuló y se encuentra acomodada a derecho; solicitando además se le otorgue título de dominio sobre la diferencia restante (fs. 335).
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- La relevancia constitucional
- Lo contrario, significaría sujetar la justicia constitucional a toda emergencia suscitada
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR