Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0134/2013-L
Fecha: 20-Mar-2013
concedido
En consecuencia, la situación planteada no se encuentra dentro de las previsiones del art. 128 de la CPE, por lo que el Tribunal de garantías, al haber concedido la tutela solicitada no efectuó una adecuada compulsa de los antecedentes procesales ni dio correcta aplicación, al citado precepto constitucional.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- b)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. La inamovilidad laboral de los padres progenitores hasta que el menor cumpla un año de edad
- III.3. Vigencia del beneficio de inamovilidad laboral
- Fragmento 21
- III.4. Análisis del caso concreto
- 2)
- concedido