SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0350/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0350/2013

Fecha: 18-Mar-2013

III.  FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

Los accionantes, consideran que los ahora demandados vulneraron su derecho al sufragio pasivo o derecho a ser elegidos, toda vez que en su condición de fraternos activos de la Fraternidad Morenada Central Oruro, se postularon a las elecciones de Directorio de esa entidad para las gestiones 2013-2014, convocada por el Tribunal Electoral Permanente demandado para el 10 de noviembre de 2012; empero, a pesar de haber presentando todos los requisitos establecidos por el Estatuto y la convocatoria, fue inhabilitado el candidato a Presidente y por ende toda la fórmula, aplicando los demandados el sistema de “cumple o no cumple”, sin emitir una resolución colegiada en la que conste una explicación razonada y fundamentada; sin considerar que el citado aspirante presentó la documentación que habilitaba su postulación en observancia de la referida convocatoria; por lo que el Tribunal electoral demandado, decidió unilateral y arbitrariamente separarlos del proceso electoral sin haber advertido al momento de verificar el cumplimiento de requisitos, la existencia de documentación adicional presentada por Luis Gonzalo Núñez Flores que acreditaba su habilitación sin efectuar una interpretación extensiva y favorable de los presupuestos de elegibilidad en el marco de los arts. 13.IV y 256 de la CPE. En consecuencia en revisión, corresponde establecer si los hechos denunciados son evidentes, a fin de conceder o denegar la tutela impetrada.