SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0415/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0415/2013

Fecha: 27-Mar-2013

1)

En el uso de su derecho a la réplica señaló: 1) Respecto al compromiso de permutar que consta en dicha acta, no es una decisión discrecional del profesor elegir el colegio, por lo que existe una estructura jerárquica, y es el director quien tiene la autoridad de determinar dichos cambios, además que no se aceptó dicho intercambio porque implicaba un despido indirecto; y, 2) Conforme se acompañó el Auto de apertura de proceso disciplinario, Faustino Anze Paco, preside dicho tribunal; asimismo, con relación al memorándum 017 A/2012, por el que se hubiera dejado sin efecto el memorándum de suspensión de 9 de febrero, existen tres notas en las que se reclamó sobre dicha ilegalidad, empero, en ninguna de ellas se le comunicó, que dicho memorándum fue dejado sin efecto.