SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0166/2013-L
Fecha: 02-Abr-2013
Fragmento 20
Concluyendo este punto, se debe remarcar que, como se aprecia de las citas de los artículos 115.II y 117.I efectuadas anteriormente, la Constitución Política del Estado vigente en el marco de las tendencias actuales del Derecho Constitucional ha plasmado de manera expresa el reconocimiento del debido proceso; derecho; garantía; principio, respecto al que existe consenso en la doctrina y la jurisprudencia en cuanto al contenido e implicaciones referidos por la jurisprudencia glosada, la que por ello guarda estrecha congruencia con la anteriormente Ley Fundamental vigente y es plenamente aplicable, a pesar de haber sido desarrollada en el marco de la Constitución abrogada, resaltando que su carácter de derecho fundamental lo hace exigible ante cualquier procedimiento, sea público o privado”.
- acción de amparo constitucional
- I.1. Contenido de la demanda
- Fragmento 3
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- i)
- “concedió parcialmente”
- Fragmento 10
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.1. La acción de amparo constitucional. Su configuración constitucional
- III.2. Sobre el derecho a la defensa y el debido proceso
- derecho a la justicia
- Fragmento 20
- III.4. El incidente de nulidad en la doctrina
- III.5. El incidente de nulidad en el marco del código de procedimiento civil y la ley de organización judicial
- III.6. En cuanto a la interpretación de la legalidad ordinaria
- III.7. Análisis del caso concreto
- 1)
- Fragmento 26