Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0166/2013-L
Fecha: 02-Abr-2013
II.2.
II.2. Cursa Auto definitivo de 22 de octubre de 2010, por el cual, resolviendo el incidente de nulidad planteado, el Juez ahora demandado, dispuso: i) Haber lugar a la nulidad interpuesta; ii) Declarar nula la citación con la demanda a Zulema del Rosario Aguayo de Joffre, efectuada mediante la representación de fs. 22, así como la diligencia de citación cedularia de fs. 39; iii) Anular obrados hasta fs. 156, señalada en el auto de relación procesal de 26 de abril de 2010; y, iv) Dejar sin efecto la representación de Raúl Octavio Joffre Ayala, anunciada en los memoriales presentados por él y válidos únicamente respecto a su persona (fs. 23 a 24 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1. Contenido de la demanda
- Fragmento 3
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- i)
- “concedió parcialmente”
- Fragmento 10
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.1. La acción de amparo constitucional. Su configuración constitucional
- III.2. Sobre el derecho a la defensa y el debido proceso
- derecho a la justicia
- Fragmento 20
- III.4. El incidente de nulidad en la doctrina
- III.5. El incidente de nulidad en el marco del código de procedimiento civil y la ley de organización judicial
- III.6. En cuanto a la interpretación de la legalidad ordinaria
- III.7. Análisis del caso concreto
- 1)
- Fragmento 26