SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0360/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0360/2013-L

Fecha: 23-May-2013

a)

El abogado de la parte accionante ratificó in extenso el contenido de la demanda, precisando los siguientes aspectos: a) El terreno ocupado por los demandados fue adquirido legalmente por la ahora accionante, quien cumplió con el pago de impuestos; b) El 2008, cuando ingresaron los “invasores” (sic) el derecho propietario aún no se encontraba regularizado debido a la existencia de un proceso con el anterior propietario, motivo por el cual presentaron un amparo constitucional declarado infundado en razón al litigio, estando a la fecha saneado con sentencia ejecutoriada que así lo demuestra; y, c) Solicitan se conceda la acción y se ordene la desocupación inmediata.

a)    Con relación al primer supuesto que establece que la carga probatoria a ser realizada por el peticionante de tutela, debe acreditar de manera objetiva la existencia de actos o medidas, asumidas sin causa jurídica; cabe señalar que de los antecedentes cursantes, se tiene que a tiempo de interponer la acción de amparo constitucional, Elena Melgar de Justiniano y Eliana Melgar Martínez en representación de Delzuith Martínez vda. de Melgar, afirmaron que los demandados conjuntamente otras personas, se constituyeron de forma violenta y abusiva en los predios de su representada, instalándose en parte de estos, existiendo el peligro de que ocupen toda la extensión de la propiedad; al efecto, presentaron placas fotográficas en las que se advierten construcciones de viviendas precarias, que se presume corresponderían a las efectuadas en los predios en cuestión.