SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0360/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0360/2013-L

Fecha: 23-May-2013

Fragmento 13

         De la jurisprudencia glosada se colige que, interpuesta que fuera la acción tutelar de amparo constitucional y no habiendo merecido un pronunciamiento de fondo por falta de requisitos de admisibilidad, puede volver a ser planteada,  tomándose en cuenta para el cómputo de los seis meses la fecha en la que se produjo la interposición de la primera acción, fecha en la que se produce la interrupción del plazo establecido por ley, reanudándose a partir de la notificación con la Sentencia Constitucional.