Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0360/2013-L
Fecha: 23-May-2013
II.3.
II.3. Resolución de 2 de septiembre de 2009, dictada por el Juez de Partido en lo Civil de Cobija, que determinó que en el plazo de diez días de ejecutoriada la sentencia, el demandado reivindique a la demandante Delzuith Martínez vda. de Melgar o sus mandatarias, el terreno despojado ubicado en la zona km 5 carretera Cobija-Porvenir, Distrito 5, manzana 510, predio 04, en la extensión demandada y determinada por el topógrafo José Luis Llanos Torrico (fs. 7 a 12 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- I.3.
- I.4. Consideraciones de Sala
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 11
- III.2. La interrupción del plazo para la interposición de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 13
- III.3. La acción de amparo constitucional ante medidas de hecho
- III.4. Derecho a la propiedad
- III.5. El principio de seguridad jurídica
- III.6. Análisis del caso concreto
- b)
- CONFIRMAR