Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0388/2013-L
Fecha: 28-May-2013
I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
En cumplimiento de la SCP 1657/2012 de 1 de octubre, dictada en el presente proceso, que dispuso que al no haberse realizado la audiencia de consideración de acción de libertad en su oportunidad, la misma sea realizada por el Tribunal de garantías, habiendo sido celebrada la correspondiente audiencia pública el 16 de abril de 2013, según consta en el acta cursante a fs. 92, produciéndose los siguientes actuados:
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica, alcances y ámbitos de tutela de la acción de libertad
- ;
- Fragmento 17
- III.2 El Tribunal ad quem no puede conocer solicitudes de revocatoria de medidas sustitutivas a la detención preventiva de manera directa, sino sólo a través de recursos de apelaciones incidentales
- III.3. Del debido proceso y la acción de libertad
- III.4. Análisis del caso concreto
- i)
- 1º REVOCAR en parte