SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0388/2013-L
Fecha: 28-May-2013
I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
Del sorteo de expedientes 2011-23366-47-AL y 2011-23382-47-AL y en aplicación del art. 6.I y II del Código Procesal Constitucional (CPCo), los mismos fueron acumulados mediante AC 0076/2012-CA/S-L de 13 de septiembre (fs. 63 a 64). En mérito a ello se emitió la SCP 1657/2012 de 1 de octubre, la cual sólo resolvió el primer caso, es decir que por un lado, dispuso la denegatoria de la primera acción de libertad (sin haberse pronunciado en el fondo de la causa) y por otro lado, dispuso la anulación de obrados con respecto al segundo expediente hasta el Auto de 3 de marzo de 2011 cursante a fs. 52 del legajo, a efectos de que el Tribunal de garantías señale día y hora para el verificativo de audiencia de acción de libertad. Devuelto los expedientes referidos al Tribunal de garantías (como consta a fs. 85), éste en cumplimiento de la citada SCP 1657/2012, señaló audiencia para la consideración de la acción de libertad del expediente 2011-23382-47-AL y, desarrollada la misma con todas las formalidades legales, emitió la Resolución 24/2013 de 16 de abril, disponiendo la denegatoria de la referida acción de libertad, por lo que, devueltos a este Tribunal ambos expedientes, como consta a fs. 96, a continuación, se tiene a bien resolver en revisión la misma.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica, alcances y ámbitos de tutela de la acción de libertad
- ;
- Fragmento 17
- III.2 El Tribunal ad quem no puede conocer solicitudes de revocatoria de medidas sustitutivas a la detención preventiva de manera directa, sino sólo a través de recursos de apelaciones incidentales
- III.3. Del debido proceso y la acción de libertad
- III.4. Análisis del caso concreto
- i)
- 1º REVOCAR en parte