Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0388/2013-L
Fecha: 28-May-2013
II.7.
II.7. La SCP 1657/2012 de 1 de octubre, dispuso la denegación de la acción de libertad correspondiente al expediente 2011-23366-47-AL por no haberse agotado la vía ordinaria, asimismo, respecto al expediente 2011-23382-47-AL, se dispuso la anulación de obrados hasta Auto de 3 de marzo de 2011 cursante a fs. 52, a efectos de que el Tribunal de garantías, proceda a llevar a cabo la audiencia de consideración de acción de libertad que había omitido realizar (fs. 67 a 82).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica, alcances y ámbitos de tutela de la acción de libertad
- ;
- Fragmento 17
- III.2 El Tribunal ad quem no puede conocer solicitudes de revocatoria de medidas sustitutivas a la detención preventiva de manera directa, sino sólo a través de recursos de apelaciones incidentales
- III.3. Del debido proceso y la acción de libertad
- III.4. Análisis del caso concreto
- i)
- 1º REVOCAR en parte