Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0396/2013-L
Fecha: 27-May-2013
II.2.
II.2. El Ex - Ministerio de Defensa Legal del Estado, en el marco del proyecto “Difusión de la Procuraduría General del Estado”, requirió la contratación de dos consultores por producto, el primero con capacidad de organizar y sistematizar eventos de capacitación dirigidos a grupos de abogados y el segundo con aptitudes de apoyar en el desarrollo de eventos de difusión masiva de la Procuraduría General del Estado, fijando los términos de referencia para ambas consultorías, aclarando que el pago por concepto del servicio será efectuado por la AECID contra conformidad del coordinador del proyecto y el Viceministerio de Defensa Legal del Estado (fs. 7 a 10 y 13 a 15).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El alcance de la legitimación pasiva en la acción de amparo constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.4. Otras consideraciones