Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0396/2013-L
Fecha: 27-May-2013
II.3.
II.3. Natalia Cueto Poma, Coordinadora del Proyecto, mediante notas MDLE_AECID 012/09 y 014/09, solicitó a la Responsable de Gobernabilidad Democrática y Género, Eva Otero -representante de la AECID-, la contratación por producto de Javier Masías Oporto y María Micaela Alarcón Gambarte (fs. 16 y 23).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El alcance de la legitimación pasiva en la acción de amparo constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.4. Otras consideraciones