SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0396/2013-L
Fecha: 27-May-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes alegan que, la autoridad demandada ha vulnerado sus derechos al trabajo, a la justa remuneración, a la no discriminación, al no desconocimiento de la relación contractual y al trabajo no pagado, por cuanto de manera injusta, omite autorizar el pago, por concepto del trabajo que realizaron en calidad de consultores por producto, en el marco del proyecto “Hacia la difusión de la Procuraduría General del Estado y Escuela de Abogados”, desconociendo incluso la recomendación que efectuó la Defensoría del Pueblo por medio de su Resolución Defensorial RD/00002/LPZ/2011 de 8 de febrero, trato que resulta ser diferente, respecto de otros dos consultores, a quienes si se les remuneró por el trabajo efectuado en el mismo proyecto.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El alcance de la legitimación pasiva en la acción de amparo constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.4. Otras consideraciones