Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0584/2013
Fecha: 21-May-2013
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
El accionante alega la lesión de sus derechos a la vivienda, al trabajo, a la propiedad, al debido proceso y a la defensa citando al efecto los arts. 19.I, 46, 47, 56, 115.II y 119.II de la Constitución Política del Estado (CPE), los principios básicos de la actividad administrativa definidos por la Ley de Procedimiento Administrativo y su Reglamento, la Ley de Municipalidades y la jurisprudencia.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- el objeto
- III.1. La acción de amparo constitucional. Su configuración constitucional
- Fragmento 16
- III.2. El acto administrativo, características y efectos jurídicos
- III.3. Principios que rigen la actividad administrativa
- la regla es que el acto administrativo es en principio «irrevocable», máxime si reconoce o afecta derechos subjetivos”;
- III.5. La suspensión del acto y la estabilidad: no procede la suspensión en sede administrativa del acto estable
- III.6.Análisis del caso concreto
- REVOCAR