SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0584/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0584/2013

Fecha: 21-May-2013

II.1.

II.1.  El Gobierno Municipal de La Guardia, mediante Ordenanza Municipal 002/2010 de 14 de enero, dispuso: Artículo 1º.- aprobó el proyecto final de la urbanización tipo abierta “Adelita” de propiedad de José Bernardo Onishi Molina, ubicada en la zona sur del Km 16 carretera antigua a Cochabamba (doble vía a La Guardia) dentro de la Unidad Vecinal (UV) 109, incluyéndolo a la mancha urbana que contiene el estudio del Plano Director de la jurisdicción del Municipio de La Guardia; Artículo 2º.- El Ejecutivo Municipal debe exigir al urbanizador que, en un tiempo perentorio proceda a la instalación de los servicios básicos como ser energía eléctrica y agua potable; Artículo 3º.- Por su grado de conciliación urbana, debe adecuarse al cumplimiento de las normas vigentes y los trámites administrativos para la aprobación de la urbanización ante la Oficina Técnica del Plan Regulador, pago de tasas correspondientes y a la transferencia de terreno para el uso público (fs. 52 a 53).