Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0622/2013
Fecha: 27-May-2013
II.4.
II.4. El 19 de mayo de 2011, mediante Auto Motivado, el Juez de Instrucción de Poopó, rechazó el incidente de actividad procesal defectuosa formulado por Nino Oscar Arturo Murillo Gonzales Aramayo, en representación de Mirtha “Clemencia” Mercado Chávez de Sánchez y Jorge Ernesto Sánchez Abella, imponiendo una multa y señalando audiencia pública de suspensión condicional del proceso a favor del imputado para el 25 de ese mes y año (fs. 9 a 10 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- Fragmento 20
- III.3. La suspensión condicional del proceso y la apelación incidental
- apelación de la suspensión condicional del proceso,
- Fragmento 23
- III.4. En cuanto a la víctima
- III.5. Análisis d
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