SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0442/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0442/2013-L

Fecha: 05-Jun-2013

II.5.

II.5.    Por Auto de 11 de marzo de 2005, pronunciado por el Juez Sexto de Partido en lo Civil y Comercial, éste se excusó del conocimiento de la causa por existir denuncias en su contra realizadas por el apoderado de la hoy accionante ante el Consejo de la Judicatura -ahora Consejo de la Magistratura-, por supuestas faltas graves, que si bien fueron rechazadas, provocaron enemistad ante dicho profesional, comprometiendo su imparcialidad en el proceso, agregando que resultaba lógico no poder atender causas de una persona que le sindicaba la comisión de delitos  (fs. 30 a 31 vta.). En igual fecha, el apoderado de la accionante recusó a la mencionada autoridad (fs. 89 a 90); constando oficio de 14 de igual mes y año, de remisión del proceso por excusa ante el Juez Séptimo de Partido en lo Civil y Comercial (fs. 95).