SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0483/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0483/2013-L

Fecha: 11-Jun-2013

III.1.  Sobre la naturaleza jurídica de la acción de

Al respecto la SCP 0374/2012 de 22 de junio refiere: “La acción de amparo constitucional consagrada en el art. 128 de la CPE, se instituye por la Ley Fundamental como una acción tutelar de defensa contra actos u omisiones ilegales o indebidos de los servidores públicos, o de persona individual o colectiva, que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la misma Norma Suprema y la ley.

De conformidad a la disposición constitucional citada, en aplicación y vigencia de la Constitución Política del Estado, la acción de amparo constitucional es una acción de defensa de todos los derechos fundamentales y garantías previstas en la Ley Fundamental y en los Pactos y Tratados sobre Derechos Humanos, ratificados por nuestro Estado Plurinacional en el art. 410 de la CPE, salvo los derechos a la libertad y a la vida -cuando éste se encuentre vinculado a la libertad-, que está bajo la protección de una acción especifica cómo es la acción de libertad.