SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0483/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0483/2013-L

Fecha: 11-Jun-2013

III.2.  Sobre el Régimen Aduanero boliviano y las Zonas Francas

           La Ley General de Aduanas que regula las relaciones jurídicas entre esa institución y las personas naturales y jurídicas que intervienen en el ingreso y salida de “mercancías” de territorio aduanero; también norma los regímenes aduaneros aplicables a estas “mercancías” (art. 1 de la citada ley), todo con el fin de recaudar los tributos pertinentes.

           El territorio aduanero, se divide en Zona Primaria y Zona Secundaria: la primera comprende:“…todos los recintos aduaneros en espacios acuáticos o terrestres destinados a las operaciones de desembarque, embarque, movilización o depósito de las mercancías, las oficinas, locales o dependencias destinadas al servicio directo de la Aduana Nacional, puertos, aeropuertos, caminos y predios autorizados para que se realicen operaciones aduaneras. También están incluidos en el concepto anterior los lugares habilitados por la autoridad como recintos de depósito aduanero, donde se desarrollan las operaciones mencionadas anteriormente”; y, la Zona Secundaria consiste en “…el territorio aduanero no comprendido en la zona primaria y en la que no se realizarán operaciones aduaneras. Sin embargo, la Aduana Nacional realizará, cuando corresponda, las funciones de vigilancia y control aduanero a las personas, establecimientos y depósitos de mercancías de distribución mayorista en ésta zona” (art. 4 de la LGA)).

           Entre las funciones aduaneras se encuentran aquellas previstas por el art. 3 de la citada ley: “…es la institución encargada de vigilar y fiscalizar el paso de mercancías por las fronteras, puertos y aeropuertos del país, intervenir en el tráfico internacional de mercancías para los efectos de la recaudación de los tributos que gravan las mismas y de generar las estadísticas de ese movimiento, sin perjuicio de otras atribuciones o funciones que le fijen las leyes.”