SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0500/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0500/2013-L

Fecha: 18-Jun-2013

II.3.

II.3.    Mediante intervención notarial de 29 de junio de 2011, se tiene que Yheny Villalpando Guerrero, Notaria de Fé pública de Primera Clase número uno del Distrito Judicial de Potosí, en uso de sus atribuciones legales se constituyó en oficinas de Secretaria de Cámara de Sala Plena de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí a efecto de dar fe acerca de la recepción de catorce memoriales dentro del proceso de caso de corte que sigue BIDESA en Liquidación contra Luis Fernando Roberto Landivar Roca, Jesús Alfredo Rivas Memm, Félix Ronald Viruez Arce, Juan Carlos Fernández Jiménez, Delfín Gómez Ríos, Alfredo Carvajal Cabral, Ralph Napoleón Tapia Hurtado, Juan Carlos Aguilera Sossa y Ramón Darío Aguilera Sossa, procediendo el 28 del mismo mes y año, el abogado de los mismos a entregar catorce memoriales, nueve de los cuales eran de aclaración, complementación y enmienda y cinco “de apelación incidental y nombre de los recurrentes” (sic), a lo que el Secretario de Cámara de Sala Plena - en suplencia legal señaló que no recibiría ningún memorial mientras no tenga una instrucción expresa del Presidente de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí (fs. 1 y vta.).