SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0523/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0523/2013-L

Fecha: 18-Jun-2013

II.11.

II.11.  Por Auto Interlocutorio Definitivo de 18 de mayo de 2010, Winner Barriga Molina, entonces Juez Primero de Sentencia Penal del Distrito Judicial -ahora departamento- de Cochabamba, resolvió declarar abandonada la acusación particular, extinguida la acción penal, ordenando el archivo de obrados, en base a los siguientes fundamentos: 1) Mediante decreto de 12 de mayo de 2010, se otorgó al acusador particular Marco Williams Villarroel Lafuente, el plazo de cuarenta y ocho horas a partir de su legal notificación a efecto de que justifique su inasistencia a la audiencia de conciliación fijada en la referida fecha, bajo apercibimiento de declararse abandonada la acusación; y, 2) Legalmente notificado que fue este último, no justificó su inasistencia, operándose lo dispuesto por los arts. 27 inc. 5) y 381 del CPP. Asimismo, se advirtió al ahora accionante la vía legal de impugnación a su alcance, conforme previene el art. 403 inc.6) de la normativa antes referida (fs. 54 y vta.).