SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0525/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0525/2013-L

Fecha: 18-Jun-2013

III.4.

Al respecto, la SC 1786/2011-R de 7 de noviembre, haciendo mención a la        SC 0183/2010 de 24 de mayo, señaló: “Derecho a la propiedad: Derecho que se encuentra protegido por la Constitución Política del Estado vigente, en su art. 56 (art. 7 inc. I de la CPEabrog), en concordancia con el art. XXIII de la declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, que expresa: 'Toda persona tiene derecho a la propiedad privada correspondiente a las necesidades de una vida decorosa, que contribuya a mantener la dignidad de la persona y del hogar', en el mismo sentido el  art. 21 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos o Pacto de San José de Costa Rica, establece que: 'Toda persona tiene derecho al uso y goce de sus bienes…', es decir, al derecho de usar, percibir los frutos y disponer del mismo que se hace oponible a terceros, a través de su publicidad (art. 1545 del Código Civil (CC), sin otras limitaciones que las establecidas por ley”.