SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0683/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0683/2013

Fecha: 03-Jun-2013

el objeto

En este estado de cosas, corresponde ahora precisar con claridad el objeto y causa de la presente acción; en ese orden, se tiene que el objeto de la activación de este mecanismo de defensa, es la petición de tutela constitucional para el resguardo de los derechos a la entidad que representa el accionante al debido proceso, a la defensa, a la motivación de los fallos, a la tutela judicial efectiva y al principio referente a la seguridad jurídica, todos reconocidos por los arts. 115.II y 178.I de la CPE; asimismo, la causa, es decir los actos denunciados como lesivos a los derechos de la parte accionante, en el caso concreto, son tres: a) La supuesta desviación por parte de la Resolución 142/2012 en cuanto a la aplicación de los art. 778 del CPC; 69 de la LPA y 2 de la Ley 3092, al establecer que en el caso concreto no correspondía la interposición de la demanda contenciosa administrativa porque no se habría agotado la vía administrativa; b) Que la Resolución 142/2012 pronunciada por las autoridades demandadas, desvía la aplicación del art. 18 de la Resolución Normativa de Directorio 10-0021-04; y, c) La vulneración al derecho a la motivación por haberse emitido un fallo sin realizar un análisis y valoración del proceso y por haberse elaborado un razonamiento “escueto”.